De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 07 de 16 de octubre de 2013 (fs. 739 a 744 vta.), el Tribunal Noveno de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Hipólito Cuellar Sanabria, autor de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48, con relación al art. 33 inc. m), de la Ley 1008, imponiéndole la sanción de quince años de presidio, mas quince mil días multa a razón de Bs. 1.- por día, más costas a calificarse en ejecución de sentencia.
b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 761 a 763 vta.), resuelto por Auto de Vista 13 de 16 de abril de 2014, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 16 de junio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 6 de junio de 2014 (fs
- De la revisión de antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- Solicita se conceda al recurso y en resolución se deje sin efecto la Sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 6 de junio de 2014, el
- Por otra parte, respecto a la cita de los Autos Supremos 7 de 1 de
- Asimismo, ante la denuncia de la existencia de vulneraciones a derechos o garantías fundamentales como
- motivos aducidos, por haberse inobservado los requisitos de admisibilidad previstos por las normas procesales citadas,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
