Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 172), interpuesto por Gloria Zulema Villarte Valdiviezo, en representación legal de la empresa Fotocopias Pequitos, en el que se denuncia:
Que, el auto de vista incurre en error en la aplicación de la liquidación, al considerar el incremento salarial del 5%, aprobado mediante Decreto Supremo N° 498 de 1 de mayo de 2010, a partir del año 2005, cuando lo que corresponde es aplicar por 8 meses y 7 días de la gestión 2010, aspecto que vulnera principios legales constitucionales y la esencia del decreto supremo mencionado, ya que es desproporcional la aplicación porcentual de 4 años con el ajuste del incremento del 5% que suma un total de Bs.3.075,84
Que, el auto de vista incurre en error en la aplicación de la liquidación, al considerar el incremento salarial del 5%, aprobado mediante Decreto Supremo N° 498 de 1 de mayo de 2010, a partir del año 2005, cuando lo que corresponde es aplicar por 8 meses y 7 días de la gestión 2010, aspecto que vulnera principios legales constitucionales y la esencia del decreto supremo mencionado, ya que es desproporcional la aplicación porcentual de 4 años con el ajuste del incremento del 5% que suma un total de Bs.3.075,84
- Auto Supremo Nº 77/2015
- Expediente: SSA.II-LP.458/2014
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Tercero de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por el demandante de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación y conforme a las normas que
- En ese marco, el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo modificar el
- Por su parte, el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad anular determinadas
- Además de lo anotado, el recurrente que interponga recurso de casación en el fondo, la
- Por lo expuesto, se colige que el recurso en cuestión no reúne las condiciones mínimas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
