Auto Supremo AS/0089/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0089/2015-RA

Fecha: 10-Feb-2015

Del memorial que cursa de fs. 196 a 197 vta., se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial que cursa de fs. 196 a 197 vta., se extrae el siguiente motivo:

El recurrente previa relación de antecedentes procesales que concluyeron con la sentencia condenatoria en su contra; y, haciendo referencia a los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal (CPP) denuncia, violación a los principios de continuidad e inmediación, pues en el desarrollo del juicio oral se habría incumplido lo previsto por los arts. 334 y 336 del referido Código; así como, el art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE); toda vez que –arguye- es facultad del órgano jurisdiccional dirigir y velar por el desarrollo normal del juicio oral y las audiencias, garantizando el cumplimiento de los plazos y de los referidos principios como elementos esenciales del debido proceso; empero, con el argumento de recesos se habría suspendido el juicio oral por más de dos veces y por tiempos prolongados, aspecto que habría sido reconocido por el Auto de Vista en su II Considerando; sin embargo, declaró sin lugar su reclamo, violando a decir del recurrente el debido proceso e incurriendo en contradicción con el Auto Supremo 086/2012 de 4 de mayo