Auto Supremo AS/0090/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2015-RA

Fecha: 10-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 03 de 6 de marzo de 2013 (fs. 933 a 940), el Tribunal Sexto de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Marioli Tomicha Lara, Yamile Tomicha Lara y Jhonny López Tito, autores y culpables del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiéndoles la pena de diez años de presidio y 200 días multa a razón de un boliviano por día, más costas; siendo Carmen Rosa Argote, absuelta de culpa y pena del citado delito.

b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 948 a 950, 951 a 953 y 966 a 968 vta. respectivamente), resueltos por Auto de Vista 68 de 5 de septiembre de 2014 emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los citados recursos y confirmó la Sentencia apelada.

c)El 8 de diciembre de 2014 (fs. 1012), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 12 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación