Auto Supremo AS/0090/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2015-RA

Fecha: 10-Feb-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente, a manera de antecedente señala que de conformidad a la investigación de la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (FELCN) y desarrollado el juicio oral, público y contradictorio, se probó la acusación por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas establecido en el art. 48 de la Ley 1008, con relación al art. 33 inc. m) de la misma ley; sin embargo, no sería autor de dicho ilícito, porque coincidentemente a momento de la intervención policial habría estado de visita en el lugar y hora equivocada, desconociendo la actividad ilegal a la que se dedicaba la hermana de su comadre y su esposo, situación que habría sido cuestionada en la apelación restringida como errónea aplicación de la ley sustantiva. Además, señala que se le impuso una pena de diez años de presidio, sin considerar las atenuantes establecidas en los arts. 37, 38 y 40 del CP, menos su situación social; luego realiza un resumen del Auto de Vista objeto del presente recurso, para reiterar que si bien existió el delito acusado, no tuvo participación en él. Finaliza mencionando que: “la sala penal debió admitir el recurso de apelación restringida declarando procedente y modificar las pena Y DECLARAME ABSUELTO DE CULPA Y PENA” (sic)