Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 090/2015-RA
Sucre, 10 de febrero de 2015
Expediente: Santa Cruz 3/2015
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Jhonny López Tito y otras
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2014, cursante de fs. 1016 y 1017 vta., Jhonny López Tito, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 68 de 5 de septiembre de 2014 de fs. 1007 a 1009 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, Marioli Tomicha Lara, Yamile Tomicha Lara y Carmen Rosa Argote, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 090/2015-RA
Sucre, 10 de febrero de 2015
Expediente: Santa Cruz 3/2015
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Jhonny López Tito y otras
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2014, cursante de fs. 1016 y 1017 vta., Jhonny López Tito, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 68 de 5 de septiembre de 2014 de fs. 1007 a 1009 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, Marioli Tomicha Lara, Yamile Tomicha Lara y Carmen Rosa Argote, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 8 de diciembre de 2014, el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
