Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2014 cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 091/2015-RA
Sucre, 10 de febrero de 2015
Expediente : Santa Cruz 4/2015
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Juan Ballesteros Tórrez y otros
Delito : Suministro de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2014 cursante de fs. 665 a 667, Juan Ballesteros Tórrez interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 284/2014 de 22 de octubre, de fs. 655 a 656 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Milena Flores Crespo, Oscar Vega Ríos y el recurrente, por el delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 091/2015-RA
Sucre, 10 de febrero de 2015
Expediente : Santa Cruz 4/2015
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Juan Ballesteros Tórrez y otros
Delito : Suministro de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2014 cursante de fs. 665 a 667, Juan Ballesteros Tórrez interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 284/2014 de 22 de octubre, de fs. 655 a 656 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Milena Flores Crespo, Oscar Vega Ríos y el recurrente, por el delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2014 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Ballesteros Tórrez formuló recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 12 de diciembre de 2014
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no valoró adecuadamente los antecedentes
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
