Auto Supremo AS/0092/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2015-RA

Fecha: 10-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública (fs. 6 a 8), se desarrolló la audiencia de juicio oral y una vez concluida la Juez Primera de Sentencia de la ciudad de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 19/2012 de 21 de septiembre (fs. 73 a 76 vta.), por la que declaró a Edwin Cuba autor del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto, sancionado y tipificado en el art. 51 con relación a los arts. 48 y 33 de la Ley 1008, condenándole a cumplir la pena privativa de libertad de ocho años de reclusión en la carceleta pública de la ciudad de Yacuiba; y, la pena accesoria de pago de una multa de doscientos días multa a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos) por cada día, haciendo un total de Bs. 400.- (cuatrocientos bolivianos), más costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado, regulados en ejecución de sentencia y conforme a las reglas de Ejecución Penal para su cancelación.

b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el acusado Edwin Cuba (fs. 78 a 79 vta.), resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija a través del Auto de Vista 22/2014 de 1 de diciembre, que lo declaró sin lugar, confirmando la Sentencia apelada