Auto Supremo AS/0133/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2015-RA

Fecha: 27-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 26/2013 de 4 de noviembre (fs. 33 a 37 vta.), el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a José Sánchez Aguilar, autor de la comisión del delito de Ejercicio Indebido de Profesión, previsto y sancionado en el art. 164 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de un año de reclusión, más el pago de costas a favor del Estado y responsabilidad civil emergente del delito, averiguable en ejecución de Sentencia; sin embargo, en mérito a lo previsto por el art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se concedió el beneficio de perdón judicial