Auto Supremo AS/0009/2015-C
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2015-C

Fecha: 19-Mar-2015

CONSIDERANDO: Que la demanda de fs

CONSIDERANDO: Que la demanda de fs. 66 a 78 de obrados, claramente refiere respecto de la competencia, que es aplicable en el caso la Ley Nº 535 de 28 de mayo de 2014 que se publicó el 2 de junio de 2014, norma que en su artículo 59.I.II y II establece de manera clara y precisa que en esta materia, una vez agotada la vía de impugnación administrativa, se podrá iniciar proceso contencioso administrativo ante la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de la región o departamento que corresponda a la Dirección Departamental o Regional que dictó la Resolución inicial, aspecto que no fue observado por la Sala Plena del Tribunal Departamental de la ciudad de La Paz a tiempo de declinar competencia y remitir los antecedentes ante este Tribunal