Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2009, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 081/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: Cochabamba 4/2010
Parte acusadora: Marcia Prado Arauz
Parte imputada: Daniel Quintanilla Campos
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2009, cursante de fs. 164 a 165, Daniel Quintanilla Campos, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 07 de octubre de 2009, de fs. 154 a 157, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba ahora Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por Marcia Prado Arauz contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 081/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: Cochabamba 4/2010
Parte acusadora: Marcia Prado Arauz
Parte imputada: Daniel Quintanilla Campos
Delitos: Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2009, cursante de fs. 164 a 165, Daniel Quintanilla Campos, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 07 de octubre de 2009, de fs. 154 a 157, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba ahora Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por Marcia Prado Arauz contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 14 de noviembre de 2009, el
- Respecto de la denuncia de las presuntas contradicciones en las que hubiese incurrido el Tribunal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
