Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2009, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 087/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: La Paz 332/2009
Parte Acusadora : Margarita Vaca Rosado
Parte Imputada: Nancy Benita Guerra Toro
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2009, cursante de fs. 126 a 127, Margarita Vaca Rosado interpone recurso de casación en representación de Bitia Cármen Rivero Pomarino, impugnando el Auto de Vista 309/2009 de 18 de noviembre, de fs. 117 a 118, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Nancy Benita Guerra Toro, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 087/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: La Paz 332/2009
Parte Acusadora : Margarita Vaca Rosado
Parte Imputada: Nancy Benita Guerra Toro
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2009, cursante de fs. 126 a 127, Margarita Vaca Rosado interpone recurso de casación en representación de Bitia Cármen Rivero Pomarino, impugnando el Auto de Vista 309/2009 de 18 de noviembre, de fs. 117 a 118, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Nancy Benita Guerra Toro, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Margarita Vaca Rosado, formuló recurso de apelación
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la recurrente cumplió con el primer requisito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
