En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplen con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplen con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que, fueron notificados con el Auto de Vista impugnado el 14 de enero de 2010 (fs. 214), presentando su recurso de casación el 19 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles previstos por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 19 de enero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplen con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso en análisis, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Los recurrentes, esencialmente alegan que el Auto de Vista rechazó su recurso de apelación restringida,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
