Auto Supremo AS/0108/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

Segundo motivo, señaló que se vulneró la seguridad jurídica debido a la falta de fundamentación


Segundo motivo, señaló que se vulneró la seguridad jurídica debido a la falta de fundamentación con relación a su denuncia de errónea aplicación del art. 37 del CP, constituyendo defecto absoluto insubsanable [arts. 370 inc. 1), 169 inc. 3) del CPP], sobre este motivo invocó el Auto Supremo 443 de 11 de octubre de 2006, indicando que el Auto de Vista es contradictorio porque en la Sentencia se empleó los arts. 37, 38 y 40 del CP, para la absolución del imputado; cuando el precedente señala que en la absolución no se aplica esos artículos por lo que corresponde su admisión por cumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP