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    Auto Supremo AS/0112/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0112/2015-RA-L

    Fecha: 04-Mar-2015

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    POR TANTO

    La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fs. 100 a 101 interpuesto por Zenobia Huanacuni Huanca, Rosa Máxima Huanacuni López y Fabián Rene Alvarado Camargo.

    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2009, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
    • Es así que, con relación a los motivos primero y segundo, que en síntesis se
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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