Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 154/2015-RA
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente : Cochabamba 6/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Feliciano Olivera Ramírez
Delito : Asesinato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs. 167 a 168 vta., Feliciano Olivera Ramírez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 86 de 27 de octubre de 2014, de fs. 156 a 159, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 1) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 154/2015-RA
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente : Cochabamba 6/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Feliciano Olivera Ramírez
Delito : Asesinato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs. 167 a 168 vta., Feliciano Olivera Ramírez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 86 de 27 de octubre de 2014, de fs. 156 a 159, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 1) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) El 8 de enero de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 8 de enero de 2015, el
- En cuanto al segundo motivo, se advierte que de igual forma, el recurrente se limita
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
