Auto Supremo AS/0163/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2015-RA

Fecha: 05-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 16/2013 de 20 de agosto (fs. 266 a 270), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a: Marcos Flores, autor y culpable de la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del CP; Brayan Von Borries Melgar y Edwin Leigue Vogth, autores y culpables de la comisión del delito de Violación Agravada, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 310 inc. 5) del CP, imponiéndoles a los tres la pena de quince años de privación de libertad y multa de 200 días a razón de Bs. 3.- por día.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Edwin Leigue Vogth interpuso recurso de apelación restringida (fs. 278 a 284 vta.), resuelto por Auto de Vista 50 de 24 de abril de 2014 (fs. 299 a 301 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el citado recurso