POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
Por lo expuesto corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia emitir resolución conforme lo establecen los arts.271 num.2) y 273) del Código de Procedimiento Civil
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme dispone la atribución prevista en el art. 42. I num 1) de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 y en aplicación a lo determinado en los arts. 271 num. 2) y 273) del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por Santos Pacheco de fs. 168 a 169, impugnando el Auto de Vista No 311/2009 de fecha 22 de septiembre de 2009, pronunciado por la Sala Civil Comercial Segunda de la Corte Superior de La Paz. Con Costas
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme dispone la atribución prevista en el art. 42. I num 1) de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 y en aplicación a lo determinado en los arts. 271 num. 2) y 273) del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por Santos Pacheco de fs. 168 a 169, impugnando el Auto de Vista No 311/2009 de fecha 22 de septiembre de 2009, pronunciado por la Sala Civil Comercial Segunda de la Corte Superior de La Paz. Con Costas
- Partes: Zacarías Lalo Loza Flores c/ Santos Pacheco
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez Segundo de Partido en lo Civil Comercial
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- En principio indica el recurrente que tanto la Sentencia como en el Auto de Vista
- Por otra parte manifiesta que ha existido un proceso penal por despojo en su contra
- Finalmente indica que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo invalidar la
- El recurrente interpone recurso de casación en el fondo con una deficiente técnica recursiva, incidiendo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Segundo
