Auto Supremo AS/0191/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2015

Fecha: 18-Mar-2015

POR TANTO

Por lo expuesto corresponde emitir fallo en base al art. 271 num. 2) del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2.010 y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 215 a 217, interpuesto por Miguel Ballesteros Ruiz por sí y en representación de Martín y Fabiola Ballesteros Ruiz contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/CC/AINT.219/12.11.09 de 12 de noviembre de 2009 que cursa de fs. 210 a 211 vta. Con costas