Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes exigencias que permitan la apertura excepcional de su competencia, de acuerdo al siguiente detalle
- Por memorial presentado el 28 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jarol Bladimir Mayan López formuló recurso de apelación
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 21 de enero de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- 2) Por otro lado, denuncia que el Auto de Vista, no realizó la valoración correspondiente
- El art
- pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por el Código
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad; y, permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes, se constata que el recurrente
- En cuanto al primer motivo, referido a que el Tribunal de alzada incurrió en falta
- Por otra parte, si bien el recurrente denuncia la vulneración al recurso de apelación, debido
- Con relación al segundo motivo en la que denuncia que el Auto de Vista, no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
