Auto Supremo AS/0221/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2015-RA

Fecha: 31-Mar-2015

Con relación al segundo motivo en la que denuncia que el Auto de Vista, no


Con relación al segundo motivo en la que denuncia que el Auto de Vista, no realizó la valoración correspondiente de su recurso; puesto que, habría inventado otros puntos que no hubieren sido apelados como la errónea aplicación de la ley sustantiva; y, la mala valoración de la prueba; sobre este reclamo, el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno; en consecuencia, no cumple con la carga procesal de exponer en qué consiste la contradicción en el que habría incurrido el Tribunal de alzada, en los términos exigidos por el art. 417 del CPP, omisión que no puede ser suplida de oficio, deviniendo este motivo también en inadmisible