Auto Supremo AS/0222/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2015-RA

Fecha: 31-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 12/2013 de 20 de septiembre (fs. 506 a 523 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Hernán Humberto Barroso Antelo, absuelto de culpa y pena del delito de Defraudación Aduanera, previsto y sancionado por el art. 178 del CT; y, culpable de Omisión de Pago, previsto en el art. 165 del CT, imponiendo el pago de la multa del 100% del monto calculado para la deuda tributaria, previo descuento de aquello que hubiese sido pagado por dicho concepto.

b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida (fs. 528 a 545 vta.), resuelto por el Auto de Vista 185/2014 de 26 de diciembre (fs. 566 a 568), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró con lugar el recurso de apelación restringida y anuló la Sentencia impugnada, disponiendo la reposición del juicio por el Tribunal de Sentencia Segundo del mismo asiento judicial