Al efecto, de la revisión de obrados se tiene que el Tribunal de Circuito de
Al efecto, de la revisión de obrados se tiene que el Tribunal de Circuito de la ciudad de Alexandría, Estado de Virginia de los Estados Unidos de América, concedió el divorcio al vínculo matrimonial, por la causal de haber vivido separados y sin ninguna cohabitación, ni interrupción por un periodo en exceso de un año; asimismo, declaró cuestiones accesorias como ser la ratificación del Acuerdo de Separación y División de Bienes de 14 de abril de 2008
- Canaviri Apaza
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud cursante de fs
- CONSIDERANDO I: Que solicita homologación del Decreto Final de Divorcio pronunciado el 1 de agosto
- Que admitida la solicitud de Homologación de Sentencia, mediante providencia de fs
- CONSIDERANDO II: Que los incs
- Al efecto, de la revisión de obrados se tiene que el Tribunal de Circuito de
- CONSIDERANDO III: Que revisada toda la documentación adjuntada a la solicitud de homologación, se colige
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene la Magistrada Norka Natalia Mercado Guzmán por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese y archívese
- Sala Plena
