Concluye solicitando que se case el auto de vista y deliberando en el fondo se
Asimismo menciona que la empresa asumiendo conocimiento del fallo dejó vencer el término para apelar, que conforme prevé el art. 205 del CPT, el plazo para interponer el recurso de apelación en los procesos sumarios laborales es de 5 días, siendo este plazo fatal y computable desde la fecha de la notificación con la sentencia.
Que, pese haber sido declarada la ejecutoria de la sentencia, la empresa demandada interpone incidente de nulidad de notificación, la misma que fue rechazada por la juez de primera instancia, pero ante la apelación planteada por el demandado, dicha autoridad, violando, quebrantando e infringiendo el art. 213 del CPT y arts. 514 y 517 del CPC, abre la puerta concediendo el recurso de apelación en efecto devolutivo, sin considerar que la ejecución de sentencia constituye una etapa final.
Concluye solicitando que se case el auto de vista y deliberando en el fondo se declare ejecutoriada la sentencia
Que, pese haber sido declarada la ejecutoria de la sentencia, la empresa demandada interpone incidente de nulidad de notificación, la misma que fue rechazada por la juez de primera instancia, pero ante la apelación planteada por el demandado, dicha autoridad, violando, quebrantando e infringiendo el art. 213 del CPT y arts. 514 y 517 del CPC, abre la puerta concediendo el recurso de apelación en efecto devolutivo, sin considerar que la ejecución de sentencia constituye una etapa final.
Concluye solicitando que se case el auto de vista y deliberando en el fondo se declare ejecutoriada la sentencia
- Auto Supremo Nº 44/2015-L
- Expediente: TJA.325/2010
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Que, por memorial de fecha 18 de febrero de 2010 de fs
- Dicho fallo motivó interponer recurso de casación en el fondo, por Sergio Fernández Espíndola en
- Agrega que la Sentencia pronunciada por la Juez a quo, de fs
- Concluye solicitando que se case el auto de vista y deliberando en el fondo se
- Con relación a la denuncia de violación a los derechos laborales previstos en el art
- Conforme a lo referido, se concluye que la decisión adoptada por las autoridades recurridas se
- Por lo referido, este Tribunal evidencia que las autoridades recurridas al haber dispuesto anular la
- De todo lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
