El art
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Parte acusadora: EMPRESA PIPELINE CORROSIÓN SERVICES S.R.L
- Por memoriales presentados el 15 de marzo de 2010 y 13 de abril del mismo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Gerardo Alan Euwe en representación de PIPELINE CORROSIÓN SERVICES S
- c) El 9 de marzo de 2010 (fs
- II
- Efectuada la relación de antecedentes que hacen al proceso penal, en lo referente a su
- Detallados los argumentos expuestos en la Sentencia para la fijación de la pena, señala que
- II. 2. Del recurso de casación de Oscar Fernando López Jordán
- Denuncia la infracción del art
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del recurso de casación de José Luís Luna Barrera Mollinedo, en representación de PIPELINE CORROSIÓN
- Del recurso de casación de Oscar Fernando López Jordán
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
