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    Auto Supremo AS/0174/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0174/2015-RA-L

    Fecha: 10-Abr-2015

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    • Por memorial presentado el 16 de enero de 2010, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Con relación a: Antonio Alberto Montaño Vergara, Osvaldo Ramiro Montaño Lanza, Jorge Hernán Montaño Vergara,
    • b) Contra la mencionada Sentencia, Juvenal Apaza Vargas y Alberto Ramiro Montaño Montaño, a su
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • De la revisión de los antecedentes se establece que el recurrente, fue notificado con el
    • En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad y el único motivo referido
    • Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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