Auto Supremo AS/0182/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 21/2009 del 11 de septiembre (fs. 97 a 102), el Tribunal Primero de Sentencia de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, declaró al imputado Jaime Alcon Baltazar, autor y responsable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de tres años de presidio, a ser cumplidos en la cárcel pública de esa ciudad, con costas y multa de doscientos días a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos 00/100) por día; asimismo, en aplicación del art. 366 con relación al art. 24 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 214 de la Ley de Ejecución Penal, concedió al imputado la suspensión condicional de la pena