Regístrese, hágase saber y devuélvase
En cuanto a los demás requisitos de fondo, la recurrente cuestiona que el “incidente de actividad procesal defectuosa resuelto por la resolución 174/2014 de 21 de julio”, interpuesto por el imputado Manuel Aguilar Cachi, debió ser planteado al momento de iniciarse el juicio oral, no así a su conclusión, por lo que siquiera merecía ser considerada; aspectos que no fueron observados por el Tribunal de alzada que realizó una indebida apreciación de los hechos en torno al mencionado incidente.
En ese sentido, no obstante la imprecisión del planteamiento, el motivo expresado en el recurso, pretende el conocimiento en la vía casacional de aspectos relacionados a la resolución de un incidente formulado en la etapa de juicio que fue objeto de apelación y resuelto por el Tribunal de alzada; por lo que, tomando en cuenta el esquema procesal penal recursivo diseñado y según lo dispuesto por el art. 403 del CPP, este Tribunal de casación no tiene competencia para pronunciarse al respecto, por cuanto estas resoluciones solo son susceptibles de apelación incidental de acuerdo a lo que dispone el art. 394 del CPP, cuando dispone que las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por este Código; por lo que no se encuentra comprendido en los alcances de los arts. 416 y 417 del citado compilado adjetivo penal, para su admisión.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Trifonia Huanca Saca, de fs. 244 a 246 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 9 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Manuel Aguilar Cachi (fs
- c) El 2 de enero de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- A tiempo de resolver el recurso de apelación restringida interpuesta por el imputado, el Tribunal
- Finalmente alude, que el Auto de Vista impugnado al “rechazar mediante resolución 174/2014 ha generado
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 2 de enero de 2015, la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
