Auto Supremo AS/0241/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

3) También alegan que el Tribunal de alzada sostuvo estar impedido de revalorizar la prueba,


El Tribunal de alzada, al afirmar que la apelación restringida no está fundamentada en cuanto a los hechos y actos violatorios, contradice al Auto de Vista 233/2009, que sostuvo la existencia de vulneración al principio de continuidad, aspecto que constituye un defecto absoluto, al modificar el inicial criterio asumido.

3) También alegan que el Tribunal de alzada sostuvo estar impedido de revalorizar la prueba, cuando en ningún momento se solicitó que efectúe esa labor, sino la revisión de la forma de valoración del Juez de Sentencia respecto de la prueba aportada y, al no haber considerado aspectos de fondo, la Resolución impugnada es contradictoria en la parte considerativa donde aduce falta de fundamentación que no la aplica y en la parte resolutiva establece lo contrario