En cuanto a los demás requisitos de fondo, los recurrentes no realizaron una exposición clara
En cuanto a los demás requisitos de fondo, los recurrentes no realizaron una exposición clara y fundamentada, del o los agravios en que hubiere incurrido el Tribunal de alzada, sólo refirieron en forma lacónica que presentaron recurso de apelación precisando agravios cometidos por el juzgador; por otro lado, se advierte que los recurrentes, no invocaron precedente contradictorio alguno a tiempo de formular el recurso, conforme las exigencias establecidas en el acápite III de la presente resolución, como obligación inexcusable a ser observada, aspectos que revisten una evidente carencia de técnica recursiva
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, los recurrentes (fs
- c) El 27 de febrero de 2015 (fs
- Los recurrentes alegan que el Auto de Vista impugnado, declara inadmisible el recurso de apelación
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 27 de febrero de 2015, los
- En cuanto a los demás requisitos de fondo, los recurrentes no realizaron una exposición clara
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
