Auto Supremo AS/0263/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2015-RA

Fecha: 10-Abr-2015

Regístrese, hágase saber y devuélvase


De lo expuesto precedentemente y por las falencias advertidas, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP para su admisión.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Wilde Arce Condori y Demetria Arce Condori, de fs. 42 y vta.

Regístrese, hágase saber y devuélvase