Se llama severamente la atención al tribunal ad quem por no haber dado cumplimiento a
Se llama severamente la atención al tribunal ad quem por no haber dado cumplimiento a lo previsto por el art. 263.3 de CPC
- Auto Supremo Nº 88/2015-L
- Expediente: LP.173/2010
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- Contra este actuado procesal, la Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos
- Finalmente William Paris Hurtado Morillas, Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz dependiente del Servicio de
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- Bajo este marco normativo, se advierte que la Juez Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- Por consiguiente, al haberse interpuesto el recurso de casación contra auto interlocutorio que no pone
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se llama severamente la atención al tribunal ad quem por no haber dado cumplimiento a
- Sin costas por disposición de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
