Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo:
Luego de realizar un resumen de los fundamentos de su apelación restringida, el recurrente denuncia que tanto la Sentencia como el Auto de Vista impugnado, mencionan que habría cometido el ilícito de Uso de Instrumento Falsificado, no obstante que la denuncia fue presentada incluso por el delito de Falsedad Material; continúa señalando que fue sancionado con una condena de tres años de reclusión, sin considerar que no se le atribuyó la autoría de la falsedad y que además no tenía el mínimo de conocimiento que los instrumentos utilizados fueren falsos, en contradicción con la uniforme jurisprudencia
- Por memorial presentado el 10 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 3 de marzo de 2015 (fs
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
- Transcribe parcialmente fragmentos del Auto Supremo No
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que el recurrente no identifica
- Del análisis precedente, se establece que el recurso casacional fue planteado de forma defectuosa, incumplimiento
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
