De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo:
Los recurrentes previa relación de los hechos, aducen que en el memorial de recurso de apelación incidental se mencionó el hecho de que se trata de un contrato administrativo entre la Gobernación de Chuquisaca y la Compañía Fortaleza de Seguros y Reaseguros S.A.
Bajo el acápite de “FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LAS CONTRADICCIONES ENTRE EL AUTO DE VISTA IMPUGNADO Y PRECEDENTES INVOCADOS” (sic), citan y transcriben parcialmente los Autos Supremos 237/2014 de 22 de mayo y 321/2013 de 20 de junio, así como las Sentencias Constitucionales 1110/2010-R de 27 de agosto, 0943/2010-R de 17 de agosto, 0752/2002-R de 25 de junio y 0040/2007-R de 31 de enero
- Por memorial presentado el 20 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra el mencionado Auto Interlocutorio, los recurrentes (fs
- c) El 13 de marzo de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto,
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
