Auto Supremo AS/0297/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2015-RA

Fecha: 11-May-2015

Regístrese, hágase saber y devuélvase


En el caso de autos, se establece que los recurrentes pretenden activar el sistema recursivo casacional, impugnando el Auto de Vista 64/2015 de 9 de marzo, que resuelve en apelación incidental la Excepción de Incompetencia en razón de la materia opuesta por el imputado Manuel Pablo Dorado Ivanovic, sin tomar en cuenta que de acuerdo al diseño procesal penal impugnaticio imperante en el país y según lo dispuesto por el art. 403 y 416 del CPP, este Tribunal de casación, no tiene competencia para pronunciarse al respecto, por cuanto estas resoluciones solo son susceptibles de apelación incidental de acuerdo a lo que dispone el citado art. 394 del CPP; en consecuencia, el recurso pretendido, no se encuentra comprendido en los alcances de los arts. 416 y 417 del citado compilado adjetivo penal para su admisión.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Víctor Ariel Velásquez Llanquipacha, Rosario del Carmen Vargas Berazain, Christian Max Mújica Angulo y Luis Barrios Pérez, en representación de la Gobernación de Chuquisaca, de fs. 167 a 169 vta.

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