Auto Supremo AS/0298/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2015

Fecha: 05-May-2015

Que, conforme al Art

Que, conforme al Art. 28 del Código de Familia, la pensión de asistencia se reduce o se aumenta de acuerdo a la disminución o incremento que se opera en las necesidades del beneficiario o en los recursos del obligado y que por consiguiente la resolución que fija la pensión de asistencia familiar es revisable, modificable y reducible de acuerdo las necesidades del beneficiario o los recursos que genere el obligado y que el recurrente puede acudir ante el Juez de la causa y pedir su disminución, sí así lo considera conveniente de acuerdo a los recursos económicos que genera