Regístrese, hágase saber y devuélvase
Del análisis precedente, se establece que el recurso casacional fue planteado de forma defectuosa, incumplimiento la carga procesal mínima exigida al recurrente por el art. 417 relacionado con el art. 416 del CPP, así como los presupuestos de flexibilización; correspondiendo en consecuencia aplicar lo dispuesto por el último párrafo de la primera normal legal citada.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Julián Laura Sullca, de fs. 292 a 293.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
- Finalmente, transcribe el texto de los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Por otra parte, corresponde señalar que si bien el recurrente hace referencia a la vulneración
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
