b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Márquez Mendoza (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Márquez Mendoza (fs. 598 a 600) y el acusador particular Edwin Franco Ramírez Calderón (fs. 601 a 602), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 66/2014 de 22 de septiembre (fs. 614 a 616), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró la improcedencia de los citados recursos y confirmó la Sentencia
- Por memorial presentado el 30 de enero de 2015, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Márquez Mendoza (fs
- c) El 23 de enero de 2015 (fs
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 23 de enero de 2015, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
