c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista citado el 6 de abril de
c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista citado el 6 de abril de 2015 (fs. 155), interpuso recurso de casación el 13 del mismo mes y año, motivo del presente análisis de admisibilidad el recurso interpuesto
- Por memorial presentado el 13 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista citado el 6 de abril de
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extrae el siguiente motivo
- Por lo expuesto, afirma que la conducta del acusado se subsumió en el tipo penal
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Conforme dispone el art
- Cumplida la verificación del requisito de forma, corresponde analizar si el recurrente cumplió la exigencia
- En ese contexto, se advierte que el recurrente, como único agravio, aduce que el Tribunal
- Por otro lado, el recurrente omite invocar doctrina legal alguna que pudo haber sido contrariada
- Por último, la simple denuncia de vulneración de los derechos del recurrente al trabajo y
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
