Sobre la infracción de lo normado en el art
Del recurso de casación en la forma:
Sobre la infracción de lo normado en el art. 236 del Código de procedimiento Civil en el entendido que el Tribunal Ad quem no resolvió ningún punto de apelación, se establece que:
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales; por su parte el art. 8 inc. h) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, determina que toda persona tiene derecho a recurrir del fallo ante Juez o tribunal superior; ambas disposiciones legales que conforman el bloque de constitucionalidad reconocen el derecho a la impugnación, derecho que se materializa no con el simple enunciado normativo que reconozca a la parte la posibilidad de interponer un recurso de Alzada sino con la respuesta pertinente, motivada y fundamentada que el Tribunal de alzada debe dar con respecto a los motivos que fundan la impugnación del sujeto procesal que se siente afectado con el fallo, solo así se satisface el derecho al debido proceso
Sobre la infracción de lo normado en el art. 236 del Código de procedimiento Civil en el entendido que el Tribunal Ad quem no resolvió ningún punto de apelación, se establece que:
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales; por su parte el art. 8 inc. h) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, determina que toda persona tiene derecho a recurrir del fallo ante Juez o tribunal superior; ambas disposiciones legales que conforman el bloque de constitucionalidad reconocen el derecho a la impugnación, derecho que se materializa no con el simple enunciado normativo que reconozca a la parte la posibilidad de interponer un recurso de Alzada sino con la respuesta pertinente, motivada y fundamentada que el Tribunal de alzada debe dar con respecto a los motivos que fundan la impugnación del sujeto procesal que se siente afectado con el fallo, solo así se satisface el derecho al debido proceso
- Proceso: Usucapión
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia que fue apelada por la parte demandante, al igual que Gastón Julio Fernández Bozo,
- Resolución de segunda instancia que es recurrida en casación por parte de los demandantes, mediante
- En la forma
- También acusa la violación del art
- En el fondo
- Por todo lo expuesto terminan peticionando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo,
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre la infracción de lo normado en el art
- En el sub lite, de la revisión del contenido del recurso de apelación se establece
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No se impone multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
