Auto Supremo AS/0435/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2015-RA

Fecha: 29-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 13/2014 de 5 de noviembre (fs. 216 a 237), el Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Sucre, declaró a Erlan Muñoz Ríos, autor de la comisión del delito de Violación en grado de Tentativa, previsto y sancionado por los arts. 308 y 310 inc. 4) con relación al 8 del CP, imponiéndole a la pena de seis años y ocho meses, con costas y daños y perjuicios a favor de la víctima, siendo absuelto del delito de Violación previsto en el art. 308 CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, formuló recurso de apelación restringida (fs. 249 a 263 vta. subsanado a fs. 279 a 281), resuelto por Auto de Vista 122/2015 de 24 de abril emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el citado recurso y manteniendo incólume la Sentencia apelada.

c) El 12 de mayo de 2015 (fs. 294 vta.), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 19 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación