Auto Supremo AS/0025/2015-C
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2015-C

Fecha: 29-Jul-2015

Al respecto, si bien es cierto que con similares argumentos, este Tribunal Supremo de

Al respecto, si bien es cierto que con similares argumentos, este Tribunal Supremo de Justicia, sentó jurisprudencia en el Auto Supremo Nº 285/2012, disponiendo: “Por el SENAPI se solicite dentro del presente caso la interpretación prejudicial de los arts. 134, 135, 136 y 154 de la Decisión 486 “Régimen Común sobre Propiedad Industrial”, al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, para que en base a esa interpretación, el SENAPI pronuncie nueva Resolución del Recurso de Revocatoria”; sin embargo, considerando la dinamicidad del derecho, corresponde que el Estado Plurinacional de Bolivia, al ser parte de la Comunidad Andina, cuya normativa debe aplicarse a todos los Estados miembros, este Tribunal Supremo de Justicia, superando la línea jurisprudencial señalada, entiende que esta instancia debe suspender la tramitación del proceso y remitir antecedentes del mismo, al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, a los efectos de interpretación prejudicial, tal como se dejó sentado entre otras, en las Resoluciones 122/2014 de 17 de julio y 211/2014 de 23 de septiembre, emitidas por este Tribunal