Auto Supremo AS/0171/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0171/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Por lo expuesto, analizado como se tiene el recurso, se concluye que su contenido no

Por lo expuesto, analizado como se tiene el recurso, se concluye que su contenido no es suficiente para motivar ni abrir la competencia del Tribunal Supremo de Justicia, consecuentemente, al estar afectado por la inobservancia e incumplimiento del art. 258. 2) del Código Adjetivo Civil, al ser insuficiente el recurso, corresponde en el caso de autos, aplicar el precepto del art. 272. 2) del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva prescrita por el art. 252 del Código Procesal del Trabajo