POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en la Disposición Transitoria Octava y el numeral 1 del parágrafo I del art. 42, ambos de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 142 a 144, sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Auto Supremo Nº 187/2015-L
- Expediente: LPZ. 269/2010
- Que, contra el referido auto de vista, la institución demandante interpuso el recurso de casación
- También denuncia que no podría declararse una excepción de prescripción de un proceso coactivo fiscal,
- Concluye solicitando al Supremo Tribunal, que case el auto de vista recurrido y deliberando en
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos el recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva
- Que, de la revisión del recurso se colige que la recurrente no cumplió con los
- Por otra parte, en cuanto a la supuesta falta o error en la apreciación de
- Los razonamientos y entendimientos jurisprudenciales señalados en los párrafos precedentes, han sido establecidos por este
- Consiguientemente, el recurso es insuficiente, haciendo inviable su consideración e impidiendo a este tribunal abrir
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
