Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0330/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0330/2015-RA-L

    Fecha: 06-Jul-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 22 de junio de 2010, cursante de fs
    • a) En mérito a la acusación particular presentada por Marcelino Narciso Aliaga Limachi (fs
    • Una vez que Gregorio Huanca Condori y Florencio Alejo Laruta purgaron su rebeldía, y se
    • b) Contra la Sentencia 11/2008, los imputados Adrián Mamani Quispe, Santusa Arminda Alejo Mamani y
    • c) Notificado el recurrente con el Auto de Complementación al Auto de Vista recurrido el
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Agrega que el Auto de Vista impugnado, es incongruente y violenta el debido proceso,
    • En calidad de precedentes contradictorios, invoca el Auto Supremo 239 de 1 de agosto de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
    • En cuanto al primer motivo denunciado por el recurrente, referido a que el Tribunal de
    • Sin perjuicio de lo señalado, de la lectura de los fundamentos materializados en este agravio,
    • En conclusión, lo relatado demuestra que al haberse explicado las razones por las cuales, el
    • En el segundo de los motivos denunciados, alega el recurrente que el Auto de Vista
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca