c) Notificado el querellante con el referido Auto de Vista el 2 de septiembre del
b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular Raúl Bautista Pairo Tambo, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 510 a 511 vta.), subsanado por memorial de 13 de mayo del 2010 (fs. 534 a 535 vta.), resuelto por Auto de Vista 431/2010 de 19 de agosto (fs. 538 a 539 vta.), dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz), declarando improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso de apelación, en consecuencia confirmó la resolución apelada.
c) Notificado el querellante con el referido Auto de Vista el 2 de septiembre del 2010 (fs. 540), interpuso recurso de casación el 7 del mismo mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 07 de septiembre del 2010, cursante de fs
- a) Por Sentencia S-317/2009 de 07 de diciembre, el Tribunal de Sentencia Cuarto de El
- c) Notificado el querellante con el referido Auto de Vista el 2 de septiembre del
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, por el cual el recurrente denuncia que el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
