De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Los recurrentes, luego de realizar un resumen del hecho que fue objeto de juzgamiento, expresan que los testigos de cargo a tiempo de prestar sus testimonios en el juicio, ninguno de ellos tuvo una declaración uniforme; sino, más bien, incurrieron en contradicción, aspecto que no fue advertido ni valorado por el Juzgador, razón por la cual, los denunciaron por la comisión del delito de Falso Testimonio, quienes a tiempo de prestar sus declaraciones informativas en la Policía de manera uniforme manifestaron que sus declaraciones fueron cambiadas en el acta de registro del juicio oral, sobre todo respecto a que en el momento del supuesto despojo, los ahora recurrentes no portaban armas; es decir, el acta no refleja las palabras y la forma en la que declararon los testigos; por lo que, no existe prueba plena que demuestre su culpabilidad conforme determinan los arts. 6 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 116 de la Constitución Política del Estado (CPE), incurriendo la Sentencia en vicio in procedendo y mala valoración de la prueba, otorgando el juzgador un valor distinto al que señala la ley, vulnerando las reglas de sana crítica, dejándolos en completa indefensión al violentar la ley sustantiva por la interpretación errónea del Juez
- Por memorial presentado el 5 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los imputados Norah Esther Cartagena Heredia Vda
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al único motivo, los recurrentes denuncian que los testigos de cargo a tiempo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
