De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular presentado por Teodocia Solíz Claros (fs. 30 a 37 vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral, la Jueza Segundo de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 09 de marzo de 2007 (fs. 304 a 310), por la que declaró a los imputados José Luis Tribeño Nogales y Eugenia Solíz Claros, autores y culpables de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 357 del CP, en concurso real, condenándoles a una pena privativa de libertad de tres años de reclusión en la cárcel pública de “San Pablo” de Sacaba, más costas y resarcimiento de daños civiles ocasionados a la parte acusadora averiguables en ejecución de Sentencia, ordenándose la devolución del vehículo y chata a la parte acusadora; por otro lado, declaró a los imputados Alejandro Muñoz Camacho y María Luz Laime Solíz, absueltos de culpa y pena de la comisión en grado de complicidad de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 357 en relación con el art. 23 todos del CP, con costas a favor de los absueltos
- Por memorial presentado el 31 de agosto de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
