1) El recurrente denuncia que, el Tribunal de grado, pretende que el Juez de mérito
c) El 7 de enero del 2015 (fs. 370), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 14 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo:
1) El recurrente denuncia que, el Tribunal de grado, pretende que el Juez de mérito motive y fundamente su resolución con hechos que no fueron denunciados en la querella, acusación ni en el memorial que subsana su querella o acusación, señalando que: “la enunciación de los hechos y circunstancias que han sido objeto de juicio han sido suprimidos en la sentencia” (sic), sin aclarar cuáles son esos hechos concretos; no consideró que la prueba testifical se basa en hechos jamás denunciados ni querellados, por lo que, el imputado no puede ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación, de conformidad al art. 362 de la Ley 1970; asimismo indica el recurrente, que de acuerdo a la acusación, el despojo se habría producido “por una carta de 23 de abril de 2012” (sic), forzando la figura del despojo
- Por memorial presentado el 14 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular, formuló recurso de apelación restringida (fs
- 1) El recurrente denuncia que, el Tribunal de grado, pretende que el Juez de mérito
- 2) Alega que el Auto de Vista actuó en contradicción a la doctrina legal sentada
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 7 de enero de 2015, el
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que el recurrente en el primer motivo de
- En el segundo motivo de casación, el recurrente alega que el argumento del Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la primera
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
