Por memorial presentado el 19 de junio de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 523/2015-RA
Sucre, 27 de julio de 2015
Expediente : La Paz 105/2015
Parte Acusadora : Juana Cárdenas Vda. de Arce
Parte Imputada: Teófila Díaz Fernández
Delitos : Perturbación de Posesión y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de junio de 2015, cursante de fs. 221 a 223 vta., Teófila Díaz Fernández, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 25/2015 de 20 de marzo de fs. 207 a 209 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso penal seguido por Juana Cárdenas Vda. de Arce, contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 353 y 357 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 523/2015-RA
Sucre, 27 de julio de 2015
Expediente : La Paz 105/2015
Parte Acusadora : Juana Cárdenas Vda. de Arce
Parte Imputada: Teófila Díaz Fernández
Delitos : Perturbación de Posesión y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de junio de 2015, cursante de fs. 221 a 223 vta., Teófila Díaz Fernández, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 25/2015 de 20 de marzo de fs. 207 a 209 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso penal seguido por Juana Cárdenas Vda. de Arce, contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 353 y 357 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 19 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada, formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 16 de junio de 2015, la
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la recurrente en el
- Por último, es preciso aclarar a la impugnante que la simple cita de los Auto
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
